Precios de Visado

Precios de Visado aplicables desde 1/10/2010

A partir de la entrada en vigor del Real Decreto 1000/2010 que regula el Visado Colegial Obligatorio, el régimen de precios de visado aplicable en el COAIB, es el siguiente:

a. Precios de Visado:

- Precios 1 : Tabla de Servicios Mínimos.
Esta tabla cubre una parte de los costes de visado, a modo de precio fijo básico adaptado a una parrilla esencial de tipologías de trabajo.
La tabla de precios 1.1 se adjunta como Anexo 1.1 - 2024.
Se aplicará el mismo precio al Proyecto de ejecución de Edificación y al Proyecto Básico presentado junto con el Proyecto de Ejecución de Edificación. Si el Proyecto Básico se presenta de forma separada, se cobrará una cantidad menor. La cantidad pagada por el visado del proyecto básico se descontará posteriormente del precio del visado del proyecto de ejecución.
En el supuesto de presentar la documentación a visar en soporte papel, el Colegio facturará al usuario, además, los costes de digitalización y archivo con arreglo a la tabla de precios 1.2 que se expone en el Anexo 1.2 - 2024.
Los precios de los servicios mínimos podrán ser diferentes para cada Demarcación. Los precios de digitalización y archivo en soporte papel serán los mismos en las tres Demarcaciones.
Se aplicarán las mismas tablas 1.1 y 1.2 al servicio de diligenciado y registro de documentos.

- Precios 2: Tablas de UP´s.
Se trata de una tabla denominada up´s o 'unidades ponderadas', en la que, en el caso más general de trabajos de edificación, a partir de la superficie y mediante la aplicación de diversos factores relativos a tamaño, complejidad, nivel de calidad y otros, se llega a un valor del número de up´s. El número de up´s multiplicado por el precio vigente en cada Demarcación determinará el precio a facturar por este concepto.
La tabla de precios 2 se adjunta como Anexo 2 - 2024.

Se aplicará el mismo precio al Proyecto de ejecución de Edificación y al Proyecto Básico presentado junto con el Proyecto de Ejecución de Edificación. La cantidad pagada por el visado del proyecto básico se descontará posteriormente del precio del visado del proyecto de ejecución.
No se facturarán up´s por el visado de documentos de la dirección de obra.
El precio de las up´s será diferente para cada Demarcación.

b. Facturación de los precios de visado:

A partir de 1.10.10, en cada retirada de un trabajo visado, tanto si es por vía telemática como en soporte papel, el Colegio emitirá en ese mismo momento, una factura que contendrá :
a.Detalle en dos líneas separadas de los precios 1 (servicios mínimos) y los precios 2 (up´s).
b.Detalle en una línea separada del precio de la digitalización y archivo de los trabajos presentados en soporte papel, en su caso.
c.Detalle del importe a descontar, en su caso, por los precios 1 y 2 pagados anteriormente por el visado del proyecto básico.

En los casos en que el Colegio preste servicios de registro o diligenciado, sin retirada de documentos, se devengará el precio en el momento de la prestación de tal servicio.

Los precios de visado serán los mismos para el visado obligatorio y el voluntario.